Micelio

Artículo 18

Ley 10 de 1913 · Por la cual se dictan disposiciones relaciones con la elección para Presidente de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A medida que se vayan recibiendo las actas de escrutinios de los Distritos Electorales, se irán depositando en el arca- Esto se hará en el mismo día en que se reciban los pliegos, y a la vez se formará una relación minuciosa de los pliegos depositados, la cual será firmada por el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario. La relación se depositará en el arca, y a continuación se extenderá la de los pliegos recibidos, y pasará al Gobierno una minuta de los que faltan, para que éste dicte en el acto las órdenes conducentes a averiguar si los pliegos que faltaren fueron enviados oportunamente. Además, ordenará al Gobernador del respectivo Departamento que envíe al Gran Consejo el acta que debe estar en su Despacho, dejando copia de ella en el archivo de su oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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