º. El Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafin, Ios Presidentes de La Previsora S.A., Compañía de Seguros, de la Sociedad Fiduciaria La Previsora, de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, y el Gerente de la Corporación Nacional de Turismo de Colombia, tendrán derecho a la prima técnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demás normas que lo modifique o adicionen.
Decreto 68 de 1997 →Vigente
Artículo 8
El Director Del Fondo De Garantías De Instituciones Financieras, Fogafin, Ios Presidentes De La Previsora S
Decreto 68 de 1997 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta, sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional directas e indirectas y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.