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Artículo 18

Vicepresidencia De Planeación Y Tecnologías De La Información

Decreto 309 de 2017 · por el cual se modifica la estructura de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vicepresidencia de Planeación y Tecnologías de la Información. Son funciones de la Vicepresidencia de Planeación y Tecnologías de la Información, las siguientes

1.

Administrar y promover el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Sistema Integrado de Planeación y Gestión de la Empresa.

2.

Asesorar al Presidente de Colpensiones y a las demás dependencias en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos orientados al cumplimiento de objetivos institucionales.

3.

Definir directrices, metodologías instrumentos y cronogramas para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos de la Empresa.

4.

Establecer los lineamientos para la elaboración del plan de desarrollo institucional, los planes estratégicos y de acción, y someterlos a aprobación del Presidente, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo, al plan sectorial, en coordinación con las dependencias de la Empresa.

5.

Dirigir y aprobar las políticas y metodologías que permitan identificar, comprender, diseñar, asegurar y articular los procesos de Colpensiones, y realizar las recomendaciones en la materia, teniendo en cuenta las disposiciones legales y regulatorias, a fin de lograr los objetivos empresariales.

6.

Articular, coordinar y hacer seguimiento a la gestión de los procesos y áreas a su cargo, orientándolos a obtener los resultados organizacionales.

7.

Asesorar al Presidente en la definición de las políticas, lineamientos y directrices institucionales, que orienten la gestión integral de Colpensiones y permitan tomar decisiones adecuadas y oportunas, enmarcadas en la planeación estratégica, de acuerdo con sus procesos.

8.

Definir las metodologías para el estudio y validación de indicadores de gestión, de producto y de impacto, y hacer seguimiento a través de los sistemas establecidos.

9.

Coordinar el seguimiento y evaluación a la gestión institucional, consolidar el informe de resultados y preparar los informes de las áreas competentes.

10.

Someter a consideración del Comité de Desarrollo Administrativo la actualización de los manuales de procesos y procedimientos de Colpensiones.

11.

Dirigir y aprobar la implementación de procesos de evaluación de Colpensiones para medir la gestión, sus resultados, impactos y demás aspectos que requiera.

12.

Estructurar conjuntamente con las demás dependencias de Colpensiones, los informes de gestión y rendición de cuentas a la ciudadanía y someterlos a aprobación del Presidente.

13.

Diseñar, en coordinación con las dependencias competentes, el Plan Anticorrupción de Colpensiones, para aprobación del Presidente y liderar su implementación.

14.

Formular y aprobar los lineamientos para la elaboración del proyecto de presupuesto de Colpensiones para someterlo a consideración de la Junta Directiva.

15.

Formular y aprobar los lineamientos para el seguimiento a la ejecución presupuestal y viabilizar las modificaciones a que haya lugar.

16.

Formular y aprobar los lineamientos para el seguimiento a la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos de Colpensiones.

17.

Definir los lineamientos y aprobar las políticas para la realización de los estudios económicos, financieros y estadísticos que requiera Colpensiones para el desarrollo de sus actividades.

18.

Dirigir, aprobar y liderar el diseño de las políticas y lineamientos para la definición de las metodologías de costeo que debe utilizar Colpensiones para medir la productividad y racionalizar el uso de los recursos.

19.

Dirigir los estudios relacionados con la estructura organizacional, el modelo operativo, los estudios de planta de personal, la escala salarial y prestacional de los trabajadores oficiales, para someter a aprobación de las instancias competentes, en coordinación de la Vicepresidencia de Gestión Corporativa.

20.

Formular y dirigir proyectos de desarrollo e investigación, tendientes a la optimización e implantación de nuevos servicios rentables y con características de competitividad.

21.

Realizar, en coordinación con la Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, los estudios de nuevas oportunidades de negocio, para establecer su viabilidad técnica y económica y, de ser favorable, proponerlos para su adopción y desarrollo.

22.

Establecer directrices y políticas para organizar y evaluar la información soporte y definir las variables técnicas para la formulación del cálculo actuarial.

23.

Formular y dirigir las políticas y los procesos para realizar las investigaciones de mercado y los estudios para medir la capacidad de respuesta de la Empresa frente al Sistema General de Pensiones y al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

24.

Vigilar que en los procesos tecnológicos de Colpensiones se tengan en cuenta los estándares y lineamientos dictados por las entidades competentes, en especial, por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que permitan la aplicación de las políticas que en materia de información expidan el Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Nacional de Estadística (DANE).

25.

Proponer al Presidente planes, estrategias y proyectos que en materia de tecnologías de la información se deban adoptar, y definir los lineamientos generales para la implementación de sistemas de información en Colpensiones.

26.

Dirigir, aprobar y liderar el diseño de las políticas, lineamientos, planes y herramientas en materia de tecnologías de la información, para atender los requerimientos de servicio de Colpensiones, sus procesos, usuarios internos y externos, y realizar su respectivo seguimiento.

27.

Dirigir y coordinar la integración entre los sistemas de información de Colpensiones y los procesos del negocio, de manera que exista una correlación directa en la arquitectura empresarial, a fin de lograr los resultados institucionales.

28.

Dirigir, aprobar y liderar el diseño de las políticas y estrategias para el gobierno de la información, y la identificación de las condiciones y características de las fuentes de datos.

29.

Dirigir y coordinar las políticas y estrategias para la prestación de los servicios de soporte tecnológico de Colpensiones y la atención de los requerimientos de los usuarios internos y externos en materia tecnológica.

30.

Dirigir la política de provisión, implementación, mantenimiento y monitoreo de los sistemas y servicios de información, así como de los procesos de automatización que requiera Colpensiones.

31.

Fijar las políticas para la prestación del soporte técnico básico o de primer nivel a los usuarios internos de Colpensiones, con el fin de contar con el adecuado funcionamiento de la infraestructura tecnológica base, en coordinación con las dependencias competentes.

32.

Actuar como interlocutor de los organismos de control en desarrollo de las auditorías que practiquen en la Empresa, y en la recepción, coordinación, preparación y entrega de la información.

33.

Participar en la definición de los procesos de Colpensiones, en la gestión de los riesgos y la generación de acuerdos de niveles de servicio, cuando así se requiera.

34.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

35.

Apoyar la formulación de los planes estratégicos y operativos de Colpensiones.

36.

Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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