Micelio

Artículo 11

Decreto 18701231 de 1870 · Orgánico de la Secretaría de Guerra i Marina

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 11. Ningun empleado podrá separarse de la respectiva Mesa o Seccion, para asuntos particulares, sin permiso del Secretario o del Oficial Mayor. Cuando un motivo grave lo exija, éste permitirá la separacion hasta por una hora; pero para una ausencia de mayor tiempo es indispensable la aquiescencia del Secretario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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