°. Aprobar la Resolución número 6307 del 21 de noviembre de 1991 expedida por la Dirección General del Incomex, por la cual se aclara la Resolución número 19 del 12 de noviembre de 1991 del Consejo Directivo de Comercio Exterior. " RESOLUCION NUMERO 6307 La Directora General (E) del Instituto Colombiano de Comercio Exterior - Incomex -, en uso de las facultades concedidas por el Consejo Directivo de Comercio Exterior en su sesión 9 del 12 de noviembre de 1991, y CONSIDERANDO: Que el Consejo Directivo de Comercio Exterior en su sesión número 9 del 12 de noviembre del presente año, aprobó mediante Resolución número 19 la estructura del Instituto Colombiano de Comercio Exterior; Que según consta en el Acta número 9 del Consejo Directivo de Comercio Exterior autorizó a la Dirección General del Instituto a aclarar los errores formales de la resolución que se advirtieran durante el trámite de su autorización mediante decreto, RESUELVE: Artículo 1°. Aclarar el artículo 26 de la Resolución 19 del Consejo Directivo de Comercio Exterior, en el sentido que el Decreto citado es 1247 de 1969 y no el 124 de 1967. Artículo 2° . Aclarar el artículo 28 de la Resolución 19 de 1991 del Consejo Directivo de Comercio Exterior, en el sentido de que además de las funciones señaladas en dicha resolución las dependencias del Instituto Colombiano de Comercio Exterior ejercerán las funciones asignadas por los Decretos 444 de 1967 y 151 de 1976, en cuanto no la contraríen y las demás inherentes al ejercicio de las funciones a cargo del Instituto. Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Decreto 466 de 1992 →Vigente
Artículo 2
Aprobar La Resolución Número 6307 Del 21 De Noviembre De 1991 Expedida Por La Dirección General Del Incomex, Por La Cual Se Aclara La Resolución Número 19 Del 12 De Noviembre De 1991 Del Consejo Directivo De Comercio Exterior
Decreto 466 de 1992 · por medio del cual se aprueba la Resolución número 019 del 12 de noviembre de 1991 del Consejo Directivo de Comercio Exterior, que establece la estructura orgánica del Instituto Colombiano de Comercio Exterior y se determinan las funciones de sus dependencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.