Micelio

Artículo 55

Si Para Dar El Concepto De Que Trata El Artículo Anterior La Sub-División Necesitare Hacer Un Análisis, Se Pondrá Ello En Conocimiento Del Interesado Para Que Presente Tres (3) Muestras Del Producto Y Consigne Como Derechos De Análisis La Mitad De Los Señalados Para El Licenciamiento Del Producto Por Las Disposiciones Vigentes En El Momento De Solicitarse El Cambio De Fórmula

Decreto 2228 de 1962 · Por el cual se reglamenta la fabricación, importación y venta de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas y cosméticos; se fija el valor de los derechos de análisis o de estudio para su licenciamiento, y se dictan otras disposiciones (segunda publicación, por haberse agotado la edición del diario oficial 30877 del 18 de agosto de 1962, donde apareció originalmente)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Si para dar el concepto de que trata el Artículo anterior la Sub-División necesitare hacer un análisis, se pondrá ello en conocimiento del interesado para que presente tres (3) muestras del producto y consigne como derechos de análisis la mitad de los señalados para el licenciamiento del producto por las disposiciones vigentes en el momento de solicitarse el cambio de fórmula. También deben consignarse los derechos de publicación en el Diario Oficial de la Resolución que autorice el cambio de fórmula. La Sub-División tendrá un plazo de cuarenta y cinco (45) días para emitir su concepto en este caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2228 de 1962