Micelio

Artículo 36

Ni En El Pago De Los Giros Ni En El Endoso De Ellos Se Causara Otro Derecho Ni Gravamen Excepto En Los Casos De Reexpedición De Que Trata El Artículo 75 De Este Decreto

Decreto 2233 de 1935 · Por el cual se reglamenta el Servicio de Giros Postales Internos e Internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ni en el pago de los giros ni en el endoso de ellos se causara otro derecho ni gravamen excepto en los casos de reexpedición de que trata el artículo 75 de este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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