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Artículo 8

De Las Multas Que Se Impongan A Los Inspectores Generales, Por Concepto De Daños, Se Concederá El Término De Treinta Días Para Que Presenten Sus Descargos

Decreto 1048 de 1931 · POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LAS FUNCIONES DE LOS INSPECTORES GENERALES DE LOS INSPECTORES GENERALES DE ZONAS TELEGRAFICAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, EN DESARROLLO DEL DECRETO NUMERO 1030 (13 JUNIO DE 1931).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De las multas que se impongan a los Inspectores Generales, por concepto de daños, se concederá el término de treinta días para que presenten sus descargos. Si las explicaciones que dieren, o los certificados que acompañen, probaren la irresponsabilidad, se decretará la exoneración. De lo contrario, se harán efectivas, e igual cosa sucederá si los descargos no se presentan dentro del plazo indicado.

Parágrafo

Las multas que impongan los Inspectores Generales no se exonerarán si a la solicitud no se acompaña el concepto favorable de tales empleados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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