Micelio

Artículo 14

Las Sociedades Anónimas Abiertas No Podrán Anunciarse Como Tales, Hasta Tanto La Comisión Nacional De Valores Las Califique Y En El Caso De Compromisos De Apertura, Hasta Tanto La Comisión Nacional De Valores Haya Aprobado La Garantía Respectiva

Decreto 1661 de 1983 · Por el cual se reglamentan los artículos 7° a 12 de la Ley 09 de 1983, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sociedades anónimas abiertas no podrán anunciarse como tales, hasta tanto la Comisión Nacional de Valores las califique y en el caso de Compromisos de Apertura, hasta tanto la Comisión Nacional de Valores haya aprobado la garantía respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1661 de 1983