Micelio

Artículo 2

Verificando El Deslinde, Y Con Base En La Facultad Establecida En El Artículo 2° Del Decreto Legislativo Número 40, De 1905, Y Sin Prejuicio De Los Derechos De Las Personas Que Posean Títulos Suficientes Y Legalmente Eficaces Frente Al Estado

Decreto 2113 de 1964 · Por el cual se dan unas autorizaciones, se provee para la cesión de unos bienes a la Intendencia de San Andrés y Providencia, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Verificando el deslinde, y con base en la facultad establecida en el artículo 2° del Decreto legislativo número 40, de 1905, y sin prejuicio de los derechos de las personas que posean títulos suficientes y legalmente eficaces frente al Estado. para acreditar propiedad privada, el Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, traspasará contractualmente a la Intendencia de San Andrés y Providencia a título de compensación, por las inversiones efectuadas por esta en las obras de desecación y relleno, los terrenos de propiedad nacional que han quedado en seco una vez terminadas aquellas en los pantanos "Punta de Hansa" y "Black Dog", identificados y delimitados en el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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