Información oficial sobre Pueblos Indígenas en Aislamiento. El Ministerio del Interior definirá los canales de recepción y divulgación de cualquier información relativa a los Pueblos Indígenas en Aislamiento, en especial sobre la amenaza al contacto, el ingreso de personas ajenas a sus territorios o sobre los factores que puedan atentar contra los derechos de estas comunidades. La información sobre los Pueblos Indígenas en Aislamiento solo podrá ser utilizada conforme a los principios previstos en el artículo 2.5.2.2.1.3 del presente decreto y para garantizar su derecho de mantenerse en aislamiento. Es deber de los ciudadanos reportar de forma inmediata a la autoridad más cercana los eventos que considere que pueden afectar a los pueblos indígenas en aislamiento.
Decreto 1066 de 2015 →Vigente
Artículo 2.5.2.2.3.9
Información Oficial Sobre Pueblos Indígenas En Aislamiento
Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.