° Antes de concederse la liberación condicional, el beneficiado prometerá por su palabra de honor, en acta suscrita en el Ministerio de Gobierno, no intervenir en ninguna clase de actividades contrarias a la seguridad interior del Estado.
Decreto 3051 de 1945 →Vigente
Artículo 2
Antes De Concederse La Liberación Condicional, El Beneficiado Prometerá Por Su Palabra De Honor, En Acta Suscrita En El Ministerio De Gobierno, No Intervenir En Ninguna Clase De Actividades Contrarias A La Seguridad Interior Del Estado
Decreto 3051 de 1945 · Por el cual se reglamenta el procedimiento para otorgar la liberación condicional a los sentenciados por los Consejos de Guerra Verbales a que se refiere el artículo 4º de la Ley 36 de 1945
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.