Tres días antes del señalado para el remate se citará a la primera autoridad política del Distrito, al Agente del Ministerio Público y al Administrador de Hacienda Nacional, si lo hubiere, para que puedan concurrir al acto. La apertura del remate se anunciará con tres pregones. Los lotes se irán adjudicando al mejor postor, siempre que se cubran las dos terceras partes del avalúo, si ellos importaren más que los derechos, o el valor de éstos si aquella cuota fuere menor. Vigente desde: 09/12/1915 y hasta el: 18/12/1916
Ley 85 de 1915 →Derogado
Artículo 147
Derogado
Ley 85 de 1915 · Sobre régimen de las Aduanas de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.