Micelio

Artículo 2.3.8.4.3

Responsabilidades De Los Municipios Y Distritos Para El Fortalecimiento De La Gcasb

Decreto 1077 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidades de los municipios y distritos para el fortalecimiento de la GCASB.Los municipios y distritos, en el marco de sus competencias y de los principios expresados en el artículo 27 de la Ley 1454 de 2011, implementarán acciones para contribuir al fortalecimiento de la GC en las siguientes materias: 1. Reportar información sectorial, en los términos que establezca el MVCT. 2. Establecer mecanismos para la participación de los GC en el diseño, implementación, ejecución y evaluación de planes, programas, estrategias y políticas que les concierne. 3. Promover la conformación y el funcionamiento de redes, federaciones, confederaciones u otras formas organizativas a través de las cuales se asocian los GC para la preservación de intereses comunes. 4. Formular e implementar proyectos y acciones para asegurar la sostenibilidad de los GC, incluidos estudios y diseños, inversión, asistencia técnica, suscripción de convenios solidarios, entre otros. 5. Realizar aportes bajo condición para apoyar a los GC, entre otros rubros, en la provisión de infraestructura y el uso y apropiación de tecnologías para la cobertura, continuidad y la calidad del agua y el saneamiento básico. 6. Apoyar a los GC que presten servicios públicos, en el proceso de solicitud y asignación de subsidios para sus usuarios de menores ingresos con cargo al Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso (FRSI) y asegurar la transferencia de estos recursos, cuando el GC cumpla con las condiciones normativas correspondientes al Sistema General de Participaciones (SGP). 7. Brindar capacitación y asistencia técnica a los GC en aspectos organizativos, financieros, ambientales, comunitarios y técnico-operativos, incluida la estructuración de proyectos de agua y el saneamiento básico que busquen financiación de la Nación. 8. Cuando el municipio o distrito esté vinculado al PDA, socializar con el Gestor del PDA el Programa Municipal de Fortalecimiento Comunitario, para que sea considerado en su Plan de Aseguramiento y de Gestión Social. 9. Definir la instancia que dentro de su estructura coordinará las acciones en materia de GCASB.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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