El Intendente podrá contratar libremente las reparaciones que se requieran en el interior del país y que tengan un valor inferior a $ 500. Los contratos de valor superior a esta suma quedan sujetos a las formalidades previstas en la Ley 13 de 1935, y el Decreto No 427 de 1936 que la reglamenta. Responsabilidad de los miembros de la Armada que manejen fondos ocasionalmente.
Decreto 192 de 1938 →Vigente
Artículo 26
El Intendente Podrá Contratar Libremente Las Reparaciones Que Se Requieran En El Interior Del País Y Que Tengan Un Valor Inferior A $ 500
Decreto 192 de 1938 · por el cual se reglamenta los servicios administrativos de la Armada Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.