Para los efectos del reconocimiento de Subsidio familiar de que trata el artículo 49 del Decreto 2247 de 1984, es necesario
Solicitud escrita formulada por el interesado siguiendo el conducto regular al Ministerio de Defensa o a la Dirección General de la Policía Nacional;
Acompañar la mencionada solicitud con las actas de registro civil debidamente autenticadas, en las que conste el matrimonio válido en Colombia o el nacimiento de cada uno de los hijos, según el caso;
Certificación del respectivo cónyuge debidamente autenticada o declaraciones extrajuicio en las que conste que el empleado sostiene su hogar y que sus hijos le dependen económicamente.