Micelio

Artículo 37

Ley 157 de 1896 · Sobre prensa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta última pena se aplicará como adicional a las especificadas en los cinco primeros ordinales del artículo anterior, y solo en los siguientes casos:

1.

Cuando la producción castigada se halle en dos o más de los casos de infracción de que trata el artículo 32, y

2.

Cuando halla reincidencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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