Vigilancia. El cumplimiento individual de la relación de solvencia se controlará mensualmente. La Superintendencia Bancaria de Colombia dictará las medidas necesarias para la correcta aplicación de lo dispuesto en el presente capítulo y vigilará el cumplimiento de los niveles adecuados de patrimonio por parte de las secciones especializadas de ahorro y crédito de las Cajas de Compensación Familiar. Además, impondrá las sanciones que correspondan al incumplimiento de los límites señalados en el presente capítulo. CAPITULO TERCERO Agencias descentralizadas
Decreto 2801 de 2005 →Vigente
Artículo 18
Decreto 2801 de 2005 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 920 de 2004.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.