Artículo tercero. Modificase el Decreto número 412 de 1961° en el sentido de. que las partidas para alimentación de profesores, personal administrativo y servicio doméstico, imputables al Capítulo 1211, artículo 12299, ordinal 25 del Presupuesto vigente, y las partidas para alimentación de alumnos becados internos y restaurante escolar, imputables al Capítulo 1211, artículo 12309, ordinal 25 del mismo correspondientes a la Escuela Normal Rural de Señoritas de Sibundoy (Putumayo), comprenderán los 10 meses del periodo escolar, así: de enero a julio, inclusive, y de octubre a diciembre, inclusive, del presente año.
Artículo 3
, Ordinal 25 Del Presupuesto Vigente, Y Las Partidas Para Alimentación De Alumnos Becados Internos Y Restaurante Escolar, Imputables Al Capítulo 1211, Artículo 12309, Ordinal 25 Del Mismo Correspondientes A La Escuela Normal Rural De Señoritas De Sibundoy (Putumayo), Comprenderán Los 10 Meses Del Periodo Escolar, Así: De Enero A Julio, Inclusive, Y De Octubre A Diciembre, Inclusive, Del Presente Año
Decreto 2477 de 1961 · Por el cual se modifican los Decretos números 376, 412 y 492 de 1961, sobre distribución de partidas presupuestales para sueldos y alimentación de unos establecimientos educativos dependientes del Ministerio o de Educación Nacional.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.