° Incumplimiento de convenios para cofinanciación de maestros. Para recibir los recursos de cofinanciación para el pago de maestros, en concordancia con lo establecido en el artículo 110 de la Ley 21 de 1992, los entes territoriales deberán asegurar la presentación de los servicios educativos en los términos y lugares que sean convenidos con el Ministerio de Educación Nacional. Si se presentasen incumplimientos de lo convenido con los entes territoriales, no se programarán recursos de cofinanciación para el siguiente año.
Decreto 206 de 1993 →Vigente
Artículo 7
Incumplimiento De Convenios Para Cofinanciación De Maestros
Decreto 206 de 1993 · por medio del cual se reglamentan los artículos 31 y 32 de la Ley 38 de 1989.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.