El socio o accionista que solicite la exención prevista en el artículo 12 de la Ley 2º de 1979, deberá acompañar a su declaración de renta una certificación del revisor fiscal, o contador público en las sociedades no obligadas a tener revisor fiscal, donde conste: 1) Monto y concepto de la ganancia ocasional obtenida por la sociedad. 2) Valor de la ganancia ocasional capitalizada por la sociedad. 3º Valor de las acciones o derechos sociales recibidos por el accionista o socio en virtud del respectivo aumento de capital.
Decreto 3211 de 1979 →Vigente
Artículo 11
Decreto 3211 de 1979 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 20 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.