Artículo octavo. El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria utilizará este sistema de contratos para incrementar la producción agrícola de los productos necesarios al consumo interno y a la exportación, y para fomentar las inversiones de la industria pecuaria en regiones en donde las condiciones de clima, la naturaleza de los suelos y la baja densidad de la población hagan aconsejable esta clase de explotaciones.
Decreto 2602 de 1968 →Vigente
Artículo 8
Decreto 2602 de 1968 · por el cual se reglamenta el artículo 110-bis de la Ley 135 de 1961.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.