Micelio

Artículo 1

Ley 105 de 1923 · por la cual se ordena la fundación de una Escuela Nacional de Sericicultura y se fomenta esta industria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá, tan pronto como sea sancionada esta ley, a fundar en la ciudad de Guateque o de Miraflores, como lo estime más conveniente, una Escuela Modelo de Sericicultura, que funcionara bajo la dependencia del Ministerio de Industrias, capaz de sostener sesenta alumnos, cuando menos, en secciones especiales para hombres y para mujeres.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 105 de 1923