Ejecutar las funciones de inspección, vigilancia y control de las entidades del área de su jurisdicción, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Superintendente de Sociedades;
Ejercer las funciones jurisdiccionales para el conocimiento de los procesos concursales y de insolvencia de las entidades del área de su jurisdicción, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Superintendente de Sociedades;
Expedir los actos administrativos que le correspondan dentro de la respectiva área territorial, cuando así lo delegue el Superintendente;
Absolver dentro del área de su jurisdicción las consultas que se formulen en los asuntos de competencia de la Superintendencia de Sociedades, de acuerdo con los parámetros establecidos por el Superintendente.
Las demás que le correspondan, de acuerdo con la ley o los reglamentos. Vigente desde: 18/05/2012 y hasta el: 21/12/2020