Micelio

Artículo 1

De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Decreto Número 1990 Del 5 De Los Corrientes, Hácense Los Siguientes Nombramientos En La Sección De Información Y Censo De Contribuyentes De La Administración De Hacienda Nacional De Cundinamarca: Jefe De Información Y Censo, R

Decreto 2350 de 1949 · por el cual se nombra el personal de la Sección de Información y Censo de Contribuyentes, y se hacen otras asignaciones en el ramo de Rentas Nacionales.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 1990 del 5 de los corrientes, hácense los siguientes nombramientos en la Sección de Información y Censo de Contribuyentes de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca: Jefe de Información y Censo, R. Alberto Barriga N. Mecanotaquígrafa Segunda, Mercedes Sandoval. Inspectores de Censo: Dustano II. Beltrán y Escipión Gómez. Oficial Radicador, Jorge E. Nieto. Portero Cartero, Rafael Olivos. Jefe de Coordinación, Luis González Santamaría. Archivero General, Tulia Marmolejo. Ayudante de Archivo, Carlos F. Suárez. Codificadores Primeros: Heliodoro Benavides, María Torres Acevedo, Irene Ruiz, Eloísa Gómez, José A. Méndez y José Isaías Aldana. Codificadores Segundos: Margarita Labrador, Isabel C. de Carrasco, Miguel Duran Novoa, Leonel Fonseca, Teresa viuda de Torres y Carlos Julio Herrera. Oficiales de Indice: Sixta Tulia Sendoya, Alfredo Erazo, Sebastián Martínez Barrios y Edmundo Garzón. Revisores: Lilia Aifaro V., Graciela Suárez, José del Carmen Romero, Eduardo Fonseca A., Arcesio Pérez e Ismael Contreras C. Jefe de Tabulación, Alvaro Sampedro. Ayudante de Tabulación, Cecilia Rodríguez. Oficiales de Perforación: Carmen N, Albarracín, Sixta Tulia Mendoza, Rosa de Velandia, Elena Rodríguez y Leonor Herrera. Oficial de Equipo Mecánico. Rafael Gualteros. Ayudantes: Juan A. León y Sebastián Aparicio O.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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