Micelio

Artículo 2.3.2.1.1.2

Requisitos De Los Delegados Ante Organismo De Grado Superior

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos de los delegados ante organismo de grado superior. Son requisitos para ser delegado ante un organismo de grado superior

a)

Ser afiliado a un organismo de acción comunal;

b)

Ser elegido como tal por el órgano competente del organismo comunal, de con­formidad con sus estatutos;

c)

Estar inscrito y reconocido como delegado por parte de la entidad que ejerce la inspección, control y vigilancia, quien expedirá la respectiva certificación;

d)

Los demás que establezcan los estatutos.

Parágrafo

En relación con los organismos ya afiliados, el proceso de actualización de datos de los delegados al grado inmediatamente superior se podrá realizar de forma virtual o presencial, en los mismos términos del

Parágrafo 5

del artículo 34 de la Ley número 2166 de 2021.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015