Micelio

Artículo 1

Ley 10 de 1974 · "por la cual el Congreso Nacional honra la memoria del Almirante José Prudencio Padilla con motivo del sesquicentenario de la batalla naval de Maracaibo y de cumplirse el 145º aniversario de su muerte”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Congreso Nacional honra la memoria del Almirante José Prudencio Padilla con motivo del sesquicentenario de la batalla naval del lago de Maracaibo y de cumplirse el 145º. Aniversario de su muerte. En el muro del Capitolio Nacional y frente al sitio donde fue fusilado el eximio marino, hacia el costado suroriental de la Plaza de Bolívar, se colocará una placa con la siguiente inscripción:

"En este lugar fue fusilado el 2 de octubre de 1828, el Almirante José Prudencio Padilla, Libertador de los Mares Grancolombianos, padre y patrono de la Armada Nacional, paladín y mártir de la democracia, Senador de la República en 1826. El Congreso de Colombia honra su memoria con motivo del sesquicentenario de la Batalla Naval del lago de Maracaibo y de cumplirse el 145º. aniversario de su muerte".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 10 de 1974