Micelio

Artículo 5

El Gobierno Nacional Cubrirá Directamente Los Gastos De Transporte Del Señor General Domingo Espinel Y De Los Señores Jaime López Mosquera Y Carlos Restrepo Piedrahita, Desde Los Estados Unidos De América Hasta El Lugar De Su Destino; Y Reconocerá, Al Primero, Su Sueldo Y Gastos De Representación, Y A Los Segundos, Sus Sueldos Fijados En El Presente Decreto, Desde La Fecha De Llegada De Tales Funcionarios Diplomáticos A Los Estados Unidos

Decreto 71 de 1946 · Por el cual se dictan unas disposiciones en el Servicio Diplomático

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno Nacional cubrirá directamente los gastos de transporte del señor General Domingo Espinel y de los señores Jaime López Mosquera y Carlos Restrepo Piedrahita, desde los Estados Unidos de América hasta el lugar de su destino; y reconocerá, al primero, su sueldo y gastos de representación, y a los segundos, sus sueldos fijados en el presente Decreto, desde la fecha de llegada de tales funcionarios diplomáticos a los Estados Unidos. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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