º . El Gobierno procederá conforme a las disposiciones legales vigentes a designar el personal que deba ocupar los cargos que se establecen por el presente Decreto; y los empleados que estando al servicio de la Imprenta Nacional fueren nombrados en dichos cargos no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva, y el pago del impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración.
Decreto 899 de 1969 →Vigente
Artículo 2
Decreto 899 de 1969 · por el cual se se determina la planta de personal de la Imprenta Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.