Micelio

Artículo 3

“artículo 1240. Legitimarios. Son Legitimarios:

Ley 1934 de 2018 · por medio de la cual se reforma y adiciona el Código Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 1240 del Código Civil quedará así:

“Artículo 1240. Legitimarios. Son legitimarios:

1.

Los descendientes personalmente o representados.

2.

Los ascendientes”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1934 de 2018