Micelio

Artículo 7

Decreto 1747 de 2002 · Por el cual se crea la "Comisión Intersectorial por la Defensa de la Vida en Barrancabermeja, Ciudad-Región de Paz" y se dictan otras disposiciones para la promoción y respeto de los ssderechos humanos y del Derecho. Internacional Humanitario en dicha ciudad.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Secretaría Técnica . La Secretaría Técnica será ejercida por el Programa de Derechos Humanos y DIH de la Vicepresidencia de la República y por un representante del Espacio de Trabajadoras y Trabajadores de Derechos Humanos del Magdalena Medio, quienes desarrollarán las siguientes funciones

1.

Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias.

2.

Elaborar el orden del día de las reuniones.

3.

Enviar con la suficiente anticipación a los integrantes de la Comisión el orden del día de cada reunión.

4.

Llevar las actas de las reuniones.

5.

Transmitir a los miembros de la Comisión una síntesis de los adelantos obtenidos con base en la información recibida de parte de cada entidad, organizaciones sociales y organizaciones no gubernamentales y otras organizaciones.

6.

Recopilar la información relevante para el trabajo de la Comisión.

7.

Las demás que sean necesarias para el efectivo cumplimiento de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1747 de 2002