El Gobierno Nacional determinará los proyectos de Educación Superior Abierta y a Distancia que por su importancia social y prioridad en el sector educativo ameriten la participación de fondos públicos en su financiamiento.
Decreto 1820 de 1983 →Vigente
Artículo 18
El Gobierno Nacional Determinará Los Proyectos De Educación Superior Abierta Y A Distancia Que Por Su Importancia Social Y Prioridad En El Sector Educativo Ameriten La Participación De Fondos Públicos En Su Financiamiento
Decreto 1820 de 1983 · Por el cual se reglamenta la Educación Superior Abierta y a Distancia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.