Micelio

Artículo 23

Funciones De La Subdirección De Enfermedades No Transmisibles

Decreto 120 de 2026 · por el cual se establece la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Enfermedades No Transmisibles . Son funciones de la Subdirección de Enfermedades No Transmisibles las siguientes

1.

Desarrollar estrategias prevención de la enfermedad y control de factores de riesgo de las enfermedades no transmisibles, y el fortalecimiento de las acciones de rehabilitación en salud en el marco de las competencias del sector.

2.

Identificar criterios técnicos para el fortalecimiento de las fuentes de información disponibles que permitan realizar el seguimiento y evaluación de la situación de las enfermedades crónicas no trasmisibles y la implementación de acciones de prevención y rehabilitación en salud en el marco de sus competencias.

3.

Elaborar las normas, reglamentos, políticas, planes, programas, proyectos para la prevención, control y reducción de las enfermedades crónicas no transmisibles y realizar su seguimiento y evaluación, en articulación con las dependencias técnicas del MSPS que corresponda.

4.

Realizar las acciones de seguimiento y evaluación de las normas, reglamentos, políticas, planes, programas, proyectos para la prevención, control y rehabilitación en salud para la reducción de las enfermedades crónicas no transmisibles.

5.

Realizar asistencia técnica a los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en los temas relacionados prevención, control y rehabilitación en salud para la reducción de las enfermedades crónicas no transmisibles.

6.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

7.

Definir las líneas y prioridades de investigación y proponer, desarrollar, ejecutar, apoyar y gestionar recursos y proyectos para la investigación operativa e información relacionados con la atención integral en salud de las crónicas no transmisibles como el cáncer, cardiovasculares, metabólicas, huérfanas, autoinmunes, EPOC, y las alteraciones de salud bucal, visual y auditiva, en coordinación con otras instituciones en el marco de las acciones para la Gestión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en el Sector Salud.

8.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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