°. A partir de la vigencia del presente decreto el valor y las condiciones para el otorgamiento de los viáticos para los empleados públicos de las entidades territoriales corresponderá a lo establecido por el Gobierno Nacional para el Sistema General de la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional.
Decreto 4177 de 2004 →Vigente
Artículo 3
A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto El Valor Y Las Condiciones Para El Otorgamiento De Los Viáticos Para Los Empleados Públicos De Las Entidades Territoriales Corresponderá A Lo Establecido Por El Gobierno Nacional Para El Sistema General De La Rama Ejecutiva Del Poder Público Del Orden Nacional
Decreto 4177 de 2004 · por el cual se establece el límite máximo salarial de los empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.