Micelio

Artículo 4

º Si Se Trata De Productos Que Poseen Registro Sanitario En Colombia, La Petición Será Resuelta En Un Plazo No Mayor A Cinco (5) Días Hábiles Posteriores A La Solicitud

Decreto 1604 de 1985 · Por el cual se dictan unas disposiciones en relación con la importación de medicamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Si se trata de productos que poseen Registro Sanitario en Colombia, la petición será resuelta en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a la solicitud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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