Micelio

Artículo 14

Ley 2193 de 2022 · Por medio de la cual se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos de proteger y preservar la apicultura, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, deberá expedir en el año siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley una guía para el manejo y preservación de los nidos y enjambres de abejas, tanto para apicultores como para la sensibilización de agricultores en general sobre el uso adecuado de pesticidas y sus efectos sobre las abejas; la promoción sobre el uso de plaguicidas de origen natural y la importancia de los polinizadores para los cultivos.

Parágrafo

La guía para el manejo y preservación deberá contener los lineamientos para el correcto proceso de conocimiento, manejo y reducción del riesgo de la presencia de abejas en áreas urbanas y rurales diferentes a su hábitat natural y las disposiciones relativas a las autoridades e instituciones a nivel municipal que tengan a su cargo la atención de esos incidentes y emergencias.

DE LA ORGANIZACIÓN DE PRODUCTOS APÍCOLAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2193 de 2022