° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO CAPITULO 71° Gastos varios. Del artículo 473. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio, y pago de medios sueldos por enfermedad comprobada $ 8,000.00 CAPITULO 70° Departamento de Economía. Del artículo 470. Para sueldos del personal del Departamento de Economía 10,000.00 CAPITULO 66° Departamento de Negocios Generales. Al artículo 452. Para pago de transportes que se efectúen por cuenta del Ministerio 8,000.00 CAPITULO 74° Navegación del Sur. Al artículo 491 I. Para sueldos del personal, material, arrendamientos, transportes, combustible, movilización y demás gastos de la Inspección Nacional de Bananos, conforme a lo dispuesto por la Ley 1ª de 1937 los decretos que la reglamentan $ 10,000.00 Sumas iguales $ 18,000.00 18,000.00
Decreto 1210 de 1937 →Vigente
Artículo 2
° Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Agricultura Y Comercio Capitulo 71° Gastos Varios
Decreto 1210 de 1937 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.