La Academia Nacional de Historia tendrá el carácter de Academia Oficial y será Cuerpo consultivo del Gobierno, sin que por eso se le prive en manera alguna de su autonomía.
Ley 24 de 1909 →Vigente
Artículo 1
Ley 24 de 1909 · Por la cual se reconoce carácter oficial a la Academia Nacional de Historia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.