Art. 304 . En esta actuación el amparo por pobre usara también de papel comuna no pagara derecho de ninguna clase a menos que se revoque el amparo de pobreza concedido, en cuyo caso será condenado en costos y a pagar una multa igual al valor del papel sellado que se debería haber invertido si se hubiera escrito en este papel.
Ley 105 de 1890 →Vigente
Artículo 304
Ley 105 de 1890 · Sobre reformas a los procedimientos judiciales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.