º. Para efectos de la destinación a que se refiere el artículo anterior, constituyese una Junta compuesta por el Gobernador del Departamento, el Gerente del Instituto de Crédito Territorial, el Alcalde de la ciudad de Barranquilla, el Administrador del Terminal Marítimo de Barranquilla y el Administrador de Aduana de la misma ciudad, a fin de que presenten el plan orgánico de la "Zona Franca Industrial", que será entregado al Comité Nacional de Planeación Económica y al Consejo Nacional de Economía, para que éstos a su vez lo pasen, con su concepto, al Gobierno Nacional, para su estudio y aprobación.
Artículo 3
Para Efectos De La Destinación A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Constituyese Una Junta Compuesta Por El Gobernador Del Departamento, El Gerente Del Instituto De Crédito Territorial, El Alcalde De La Ciudad De Barranquilla, El Administrador Del Terminal Marítimo De Barranquilla Y El Administrador De Aduana De La Misma Ciudad, A Fin De Que Presenten El Plan Orgánico De La "zona Franca Industrial", Que Será Entregado Al Comité Nacional De Planeación Económica Y Al Consejo Nacional De Economía, Para Que Éstos A Su Vez Lo Pasen, Con Su Concepto, Al Gobierno Nacional, Para Su Estudio Y Aprobación
Decreto 2556 de 1955 · Por el cual se dan unas autorizaciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.