De la contratación directa . Podrán celebrarse directamente contratos de consultoría
Cuando el valor del contrato sea inferior a cinco millones de pesos ($5.000.000.00);
Cuando el Consejo de Ministros lo considere conveniente;
En el caso previsto en el inciso segundo del artículo 40 sobre normas comunes a los concursos de méritos. Cuando una entidad descentralizada pretenda contratar directamente consultores y el valor del contrato sea superior a dos millones de pesos ($ 2.000.000.00), se requerirá autorización previa del Ministro o Jefe del Departamento Administrativo a cuyo despacho esté adscrita o vinculada.