Micelio

Artículo 2

La Alta Consejería Presidencial Para La Gestión Pública Y Privada, Tendrá Las Siguientes Funciones: 1

Decreto 3445 de 2010 · por el cual se crean unas Altas Consejerías en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Alta Consejería Presidencial para la Gestión Pública y Privada, tendrá las siguientes funciones

1.

Asesorar al Presidente de la República en la implementación de la política en la gestión pública y privada.

2.

Recomendar la implementación de los mecanismos de gestión y coordinación entre los sectores público y privado, de acuerdo con las instrucciones que imparte el Presidente de la República.

3.

Coordinar a los actores gubernamentales que intervengan en la implementación de la gestión pública y privada, y adelantar el seguimiento de las actividades concertadas.

4.

Asesorar en el seguimiento y la ejecución de las políticas formuladas por el Presidente de República y el Gobierno Nacional, en materia de coordinación entre el sector público y el privado.

5.

Asesorar en materia de ciencia, tecnología e innovación, y recomendar mecanismos de coordinación entre las entidades públicas y privadas que cumplan estas funciones.

6.

Asesorar en materia de competitividad y promoción de la inversión extranjera en el país, y recomendar mecanismos de concertación entre las entidades públicas y privadas que cumplan estas funciones.

7.

Asesorar en los asuntos económicos que por decisión expresa del Presidente de la República le sean encomendados, rendir los informes que le sean solicitados y presentar las recomendaciones para la implementación de las políticas en la materia.

8.

Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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