Micelio

Artículo 469

Las Sociedades Anónimas De Que Trata El Artículo 1o

Ley 42 de 1898 · adicional y reformatoria del Capítulo 2o, Título 7°, Libro 2° del Código de Comercio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Son aplicables a la Sociedad anónimas las disposiciones de los artículos 469 a 472 y 480 del Código del Comercio; pero el extracto de que habla el inciso 2o. del articulo 469 contendrá las indicaciones expresadas en los numerales 1o., 2o., 3o., 4o., 6o., 9o. y 11 del artículo 552. Las Sociedades anónimas de que trata el artículo 1o. de la Ley 124 de 1888 , tienen el deber de cumplir con lo dispuesto en los articulo 469 y 470 del Código de Comercio, en cuanto las designaciones de que trata el articulo 467 aparezcan en el documento de fundación y de los Estatutos que deben protocolizar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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