El aporte nacional a la sociedad o cooperativas que se establezcan de conformidad con el artículo anterior no será inferior al 25% del costo total de las obras, y sera entregado a la empresa, sociedad o cooperativa, en las vigencias fiscales de 1960, 1961 y 1962, para lo cual hará las apropiaciones correspondientes en los proyectos de Presupuesto que presenten al Congreso Nacional. En caso de no hacer tales apropiaciones, el Gobierno queda facultado para hacer los traslados y abrir los créditos adicionales dentro de los Presupuestos de las mencionadas vigencias.
Ley 169 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Ley 169 de 1959 · Por la cual se ordena la construcción de las Centrales Hidroeléctricas del río Nevado, en el Departamento de Boyacá. y se dispone la apropiación de una partida en el Presupuesto Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.