Micelio

Artículo 1

Decreto 221 de 2000 · Por el cual se modifica el Decreto 2588 de 1999 que fijó los plazos para la presentación y pago de las declaraciones tributarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El

Parágrafo 3

del artículo 21 del Decreto 2588 de 1999 quedará así:

Parágrafo 3

Cuando el agente retenedor tenga más de cien (100) sucursales o agencias que practiquen Retención en la Fuente, los plazos para presentar la declaración y cancelar el valor a pagar correspondiente a cada uno de los meses del año 2000, vencerán un mes después del plazo señalado para la presentación y pago de la declaración del respectivo período conforme con lo dispuesto en este artículo, previa solicitud que deberá ser aprobada por la Subdirección de Recaudación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Parágrafo 3

Artículo 21 DECRETO 2588 de 1999

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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