Las insignias de los Suboficiales serán las siguientes: Cabo 1º: galón de oro de uno y medio centímetros, en la orilla de la bocamanga y alrededor del cuello; Sargento 2º: galón con un botón grande á cada lado del cuello, frente á la presilla; Sargento 1º: galón en el cuello con botón, y doble galón en la manga. En la ropa de dril estas insignias se reemplazarán por galón de lana negro de un centímetro de ancho y botones de hueso del mismo color. Todos los Suboficiales usarán guantes blancos de hilo, y de Sargento 2º, para abajo, cinturón negro con yatagán, cuanto salgan francos. Los Cabos segundos ó soldados distinguidos llevarán como insignia un botón pequeño a cada lado del cuello. Todos los asimilados á individuos de tropa usarán las insignias correspondientes. III
Decreto 754 de 1910 →Vigente
Artículo 35
Las Insignias De Los Suboficiales Serán Las Siguientes: Cabo 1º: Galón De Oro De Uno Y Medio Centímetros, En La Orilla De La Bocamanga Y Alrededor Del Cuello; Sargento 2º: Galón Con Un Botón Grande Á Cada Lado Del Cuello, Frente Á La Presilla; Sargento 1º: Galón En El Cuello Con Botón, Y Doble Galón En La Manga
Decreto 754 de 1910 · Sobre reglamento de uniformes para el Ejército de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.