Micelio

Artículo 4

Ley 56 de 1918 · “por la cual se establece el impuesto sobre la renta.”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedarán también exentas del impuesto, las rentas de las corporaciones o asociaciones organizadas para el sostenimiento del culto, para fines de beneficencia pública, científicos y de educación, las de las Cajas de ahorro y las de las asociaciones de Mutualidad obrera, de fomento del comercio y de la industria, siempre que tales asociaciones no tengan en mira hacer negocio de ninguna especie y que sus rentas no ingresen al patrimonio de sus miembros o de una persona o entidad extranjera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 56 de 1918