Micelio

Artículo 4

El Artículo 394 Del Decreto Número 1418 De 1945, Quedará Así: "el Gobierno Podrá Conceder Permiso A Personas Naturales O Jurídicas De Acuerdo Con Los Reglamentos Postales, Para Que Se Encarguen De Establecer Y Sostener Correos O Correspondencia Y Envíos Incluidos Dentro Del Monopolio Postal"

Decreto 137 de 1950 · Por el cual se modifica el Decreto número 1418 de 1945

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4º. El artículo 394 del Decreto número 1418 de 1945, quedará así: "El Gobierno podrá conceder permiso a personas naturales o jurídicas de acuerdo con los reglamentos postales, para que se encarguen de establecer y sostener correos o correspondencia y envíos incluidos dentro del monopolio postal".

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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