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Artículo 44

Será, Caso Especial De Expulsión El De Que Un Alumno Trató De Realizar Cualquier Acto De Insubordinación O De Impedir El Cumplimiento Del Reglamento O De Orden Reglamentaria De Un Superior

Decreto 452 de 1910 · Po el cual se reglamenta la Escuela Nacional de Comercio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Será, caso especial de expulsión el de que un alumno trató de realizar cualquier acto de insubordinación o de impedir el cumplimiento del Reglamento o de orden reglamentaria de un Superior. También lo serán los actos repetidos de mala conducta; faltas o desórdenes graves en cualquier parte que sean, que comprometan el honor de la Escuela; actos de irreligión o inmoralidad; ultrajes a las señoras, a los ancianos, a los débiles en general; introducción de malos libros en la Escuela; negligencia consuetudinaria en los estudios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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