A los establecimientos industriales ó comunidades que en poblado beneficien ganado pata su abasto se les puede conceder permiso en los términos del artículo anterior, si á juicio de la autoridad ello no perjudica la salubridad pública.
Decreto 545 de 1908 →Vigente
Artículo 11
A Los Establecimientos Industriales Ó Comunidades Que En Poblado Beneficien Ganado Pata Su Abasto Se Les Puede Conceder Permiso En Los Términos Del Artículo Anterior, Si Á Juicio De La Autoridad Ello No Perjudica La Salubridad Pública
Decreto 545 de 1908 · Orgánico de la Renta de degüello
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.